El GCBA publicó en su B.O. la Modificación del Código de Habilitaciones, que implica la derogación de la Libreta Sanitaria y publicó la Ley de Repartidores y Mensajería Alimentaria. Además, la AFIP solicitó que se envíen los números de CUIT de los establecimientos que necesitan acceder a la ayuda del Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción para trabajadores enmarcados en el pluriempleo.
La derogación de la Ley de Libreta Sanitaria se enmarca dentro de la sanción de una ley que introduce amplias modificaciones a los textos del Código de Habilitaciones y Verificaciones. Su propósito es hacer más ágil y menos onerosa la tramitación de comerciantes, transportistas y prestadores de servicios diversos, eliminando viejas ordenanzas ya en desuso, actualizando las prescripciones en otros casos y procurando reducir el peso administrativo o burocrático sobre las actividades productivas. “La Libreta representaba un trámite muy engorroso, que había que hacer todos los años. Nuestro personal tenía que ir tres días seguidos –uno para sacar turno, otro para los estudios y un tercero para que le entregaran la Libreta- y la verdad es que se trataba de una foto del momento, una gestión burocrática que no contribuía en términos prácticos a la salud de los empleados”, explicó en su momento Ariel Amoroso, presidente de la AHRCC.
En cuanto a ley que regula las aplicaciones de delivery la nueva norma crea un registro para empresas y también los repartidores. «Como asociación, estamos conformes y agradecidos por estas normativas en tiempos de crisis y pandemia, pero consideramos que todavía hay mucho para hablar y legislar con respecto a las aplicaciones, en especial a su funcionamiento y a su manejo de cuotas del mercado”, señaló el presidente de nuestra entidad.
Por otro lado, la AHRCC había enviado una carta a las autoridades de la AFIP, en la que se pedía que se acrediten los fondos a trabajadores y trabajadoras de contribuyentes del sector para la obtención de los beneficios de la Ayuda al Trabajo y Producción (ATP), relacionados con el denominado “pluriempleo”.
Hasta el momento, dicho grupo de trabajadores aún figuran con la leyenda “en análisis” y no se les ha acreditado los montos de los meses de mayo, junio ni julio, a pesar de cumplir perfectamente con la condición del punto 6 del último párrafo del acta n° 19. Esta situación provoca numerosos inconvenientes, en especial al sector hotelero gastronómico, fuertemente afectado por la crisis provocada por la pandemia.
A partir de esta gestión de la AHRCC, la AFIP recibirá entonces los números de CUIT de los establecimientos que requieren el ATP para trabajadores enmarcados en el pluriempleo para que accedan a dicho programa.