La ley obliga a informar al huésped la tarifa a aplicar y los servicios ofrecidos.
Ciudad de Buenos Aires tendrá su ley de alojamiento turístico temporario
17.07.2025 | ACTUALIDAD - TURíSTICA
Los diputados aprobaron dos leyes que regulan la actividad hotelera. El objetivo es eliminar la competencia desleal en la hotelería y asegurarle al turista seguridad y calidad en los servicios durante su estadía.

El Ente Turismo del Gobierno de la Ciudad, junto con todo el sector del turismo porteño, consensuó el proyecto que fue aprobado. El mismo exige que todos los edificios de departamentos de alquiler temporario se habiliten y que los dueños de más de tres departamentos se registren.

Las leyes fueron impulsadas por los diputados Jorge Garayalde (PRO), Alejandro Amor (FPV), y Delia Bisutti (NE). La primera ley, que reemplaza la regulación comprendida en la Ordenanza Nº 36.136 publicada el 20 de octubre de 1980, clasifica los alojamientos turísticos basándose en las nuevas modalidades de hospedaje que fueron surgiendo en el último tiempo de desarrollo turístico.

La división de los alojamientos turísticos consta de tres tipos regulados específicamente. Por un lado, el Hotelero, que abarca los hoteles de 1 a 5 estrellas, los Apart Hotel cuya clase es de 1 a 3 estrellas, y la clase de Hotel Boutique estándar o superior. Por otro lado los Para-hotelero, que comprende Cama y Desayuno, Hostal y Bed and Breakfast de categoría Estándar o Superior; Albergue Turístico y Hostel de la misma categoría y clase Hospedaje Turístico y Residencial Turístico con categoría A o B. Por último, Extra-hotelero, en donde se encuentran los Campamentos Turísticos y Campings.

La segunda normativa, por su parte, regula la actividad de departamentos de alquiler temporario turístico. Crea el Registro de Bienes Inmuebles para Locación con Fines Turísticos y establece disposiciones que aseguren la defensa y fortalecimiento de la sana competencia, registrando esta creciente modalidad de contratación.

Estará controlada por el Ente de Turismo de la Ciudad y, entre otras cosas, insta al locador a informar al huésped la tarifa a aplicar en su estadía y a brindar los servicios ofrecidos de acuerdo a lo pactado. También establece que la redacción del contrato debe explicitar las normas de convivencia del edificio, estar escrita en idioma castellano y poseer una copia en inglés o en el lenguaje nativo del huésped.

La Asociación de Hoteles de Turismo de la República Argentina (AHT),  considera la sanción como un paso positivo para el desarrollo, de acuerdo a los cambios que se produjeron en la actividad durante los últimos años. Los datos publicados por el Observatorio Turístico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires revelan que durante 2010, 11.500.000 personas pernoctaron en establecimientos hoteleros y para hoteleros.

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